IVA, Aduanas e Impuestos Especiales

Impuestos especiales sobre el alcohol: nueva directiva

La regulación de los impuestos especiales sobre el alcohol se rige por varios actos jurídicos europeos:

Directiva 92/83 / CEE sobre la armonización de las estructuras de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas

Directiva 92/84 / CEE sobre la aproximación de los tipos del impuesto especial sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas

Directiva 2008/118 / CE relativa al régimen general de impuestos especiales y por la que se deroga la Directiva 92/12 / CEE

Desde su adopción, estas directivas no se han modificado, a pesar de algunos intentos de los Estados miembros.

Revisión de las directrices para los impuestos especiales sobre el alcohol

En el marco del programa del Programa de Rendimiento y Adecuación Regulatoria (REFIT), la Comisión Europea ha seleccionado las directivas 2008/118 / EC y 92/83 / EEC para estudios de impacto y modificación. Los estudios revelaron que esas directivas no se adaptaron al contexto económico actual, lo que imponía una pesada carga legal y administrativa a los operadores económicos.

Por tanto, la Comisión Europea ha propuesto su revisión con el fin de armonizar y simplificar los procedimientos de impuestos especiales de la UE y reducir las cargas legales y los costes administrativos para los operadores económicos.

Modernización y digitalización de los procedimientos de impuestos especiales sobre el alcohol

La propuesta final COM (2018) 346 que modifica la Directiva 2008/118 / CE dio como resultado un texto final que es la Directiva 2020/262 / UE. Con el objetivo de reducir los costes administrativos, esta nueva Directiva introduce la digitalización de los flujos B2B de declaración de derechos pagados. Como recuerda la Comisión, la digitalización de los procedimientos antes basados en papel para la circulación de productos sujetos a impuestos especiales en suspensión de impuestos ha permitido Estados miembros para ahorrar el equivalente a 720 empleados a tiempo completo por año, o 32 millones de euros por año. Por tanto, se espera que esta expansión de la digitalización arroje un rendimiento económico positivo.

Los Estados miembros deben transponer esta directiva a más tardará el 31 de diciembre de 2021 para que entre en vigor el 13 de febrero de 2023.

La propuesta de Directiva final COM (2018) 334 que revisa la Directiva 92/83 / CEE tiene como objetivo reforzar la seguridad jurídica aclarando algunas disposiciones que podrían suponer costes administrativos adicionales para los operadores económicos.

El Consejo de la UE está debatiendo actualmente esta propuesta de Directiva. No obstante, las delegaciones de los Estados miembros se comprometieron, en la reunión del 31 de octubre de 2019, a que la entrada en vigor del proyecto de Directiva modificatoria debería fijarse para el 1 de enero de 2022 (el plazo de transposición al Derecho nacional se fija en el 31 de diciembre de 2021).

Estos nuevos desarrollos deberían facilitar el comercio reduciendo las limitaciones a los operadores y también ofreciéndoles un marco más seguro en la gestión de sus flujos. Ahora corresponde a los Estados miembros transformar esta perspectiva en realidad muy pronto.

EUROTAX, titular de varios estatutos de impuestos especiales en Francia y en Europa, le proporciona su asistencia en los impuestos especiales sobre el alcohol para la declaración y gestión de sus impuestos en varios Estados miembros de la Unión Europea.

No dude en ponerse en contacto con nosotros para obtener más información.

Compartir este artículo...