Retención a cuenta
¿ Su empresa tiene empleados en Francia? Eurotax le acompaña con los trámites de domiciliación de las contribuciones
Eurotax es la referencia para la representación fiscal de las empresas no establecidas en la UE, que tienen empleados sujetos a retención en Francia. Eurotax ya provee este servicio a numerosas empresas y sigue creciendo gracias a la calidad y a las tarifas de su servicio.
Lo que le ofrece Eurotax:
La posibilidad de representación fiscal por un profesional acreditado por la Administración Tributaria, que es el caso deEurotax.
La comprobación de las posibles implicaciones de la representación fiscal de la PAS sobre otros impuestos (IVA, casas de juego y apuestas, actividades de seguridad…) ;
La evaluación del número de documentos sujetos a la PAS y la definición de un proceso claro de intercambio de información y de comunicación (con su prestatario de servicio de nómina, con su servicio interno de nómina, o con su asesor contable…) ;
Proveer datos bancarios SEPA para domiciliación (consultar condiciones)
Eurotax les acompaña en la liquidación de tributos y contribuciones ante distintas autoridades
¿Qué es la retención a cuenta?
El PAS (Prélèvement à la source / retención a cuenta) esta domiciliado mensualmente. Se liquida a la administración por parte del empleador dentro del plazo establecido. Esta en aplicación desde el 1 de enero del 2019.
La autoridad competente para la gestión del «PAS» es la DGFiP (Direction Générale des Finances Publiques)
El empleador esta obligado a respetar los tipos definidos la pa DGFiP. Este tipo viene comunicado al empleador por vía telemática.
¿Cuáles son sus obligaciones?
Se trata principalmente de empresas no establecidas en Francia y que pagan salarios que provienen de una actividad desarrollada en Francia a un empleado cuyo domicilio fiscal se encuentra en Francia.
«Para las empresas de fuera de la UE que pagan salarios en Francia a los empleados sujetos al impuesto sobre la renta en Francia, les es esencial designar a un representante fiscal.
Ejemplos de empleados afectados: miembros del comité de dirección o responsables del desarrollo del mercado francés que residen en Francia y son empleados por una sede en el extranjero…»
Sin embargo, algunas empresas están exentas de esta designación. Será opcional si usted está establecido ya sea:
En otro Estado miembro de la UE;
En un Estado que forme parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre y cuando se firmen dos convenios bilaterales con Francia: uno para la asistencia administrativa en la lucha contra el fraude y otro para la asistencia mutua en materia de recaudación de impuestos .
¿Y el BREXIT?
En consequencia del Brexit, las empresas establecidas en el Reino Unido e Irlanda del Norte no tienen la obligación de nombrar un representante para el «PAS». Sin embrago siguen sujetas a retención y liquidación vía su cuenta SEPA.
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